La Comisión Nacional de Valores (CNV) de Argentina ha reglamentado como tokenizar de activos, permitiendo la representación digital de ciertos valores negociables y certificados de fideicomisos financieros con oferta pública, siempre que su activo subyacente sean bienes del mundo real. Esta normativa, plasmada en la Resolución General N° 1069, busca integrar la innovación financiera con la regulación, asegurando la seguridad jurídica y trazabilidad de las transacciones.
El presidente de la CNV, Roberto Silva, destacó: “Sancionamos una regulación pionera e innovadora para Argentina, como es la regulación para tokenizar. Esta es la primera parte de la normativa, que salió a consulta pública con la RG N° 1060, y es fundamental, ya que pone a nuestro país nuevamente en la vanguardia de la región y del mundo”.
“En el marco de la Ley N° 27.739, se establece un marco regulatorio moderno e innovador para establecer reglas de juego claras y específicas para la representación digital de valores negociables mediante el uso de Tecnologías de Registro Distribuido (TRD) u otras tecnologías similares, constituyendo ahora una forma adicional de representación de valores negociables a las ya existentes”, explicaron desde la CNV.
También, señalaron que mediante esta regulación se incorpora la representación digital de valores negociables como una especie particular dentro del género de Tokenizar, propendiendo a que las operaciones realizadas con dichos instrumentos reúnan condiciones de seguridad, inmutabilidad, verificabilidad, fungibilidad, integridad, transferibilidad y trazabilidad. “Además se otorga la equivalencia funcional respecto de las representaciones tradicionales, ya sean cartulares o escriturales”, remarcaron.
La CNV inicia un camino para tokenizar que se puede utilizar en muchos rubros. Los más destacados por ahora son los que posibilitan tokenizar un inmueble, un campo y una tonelada de cereal, siempre bajo la figura de un fideicomiso.


Detalles de la Reglamentación para tokenizar activos
- Activos Subyacentes:
La tokenización se aplica a valores representativos de deuda y certificados de fideicomisos financieros con oferta pública cuyos activos subyacentes sean “activos del mundo real”.
- Plataformas de Negociación:
La representación digital de estos valores podrá negociarse en plataformas o aplicaciones de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) registrados ante la CNV, aunque no necesariamente deban cotizar en mercados secundarios.
- Entidades Tokenizadoras:
Las entidades especializadas en tecnologías de registro distribuido (TRD) serán responsables de generar los tokens, ya sea que estén registradas o no como PSAV.
- Funciones del PSAV:
Los PSAV registrados que intervengan en la tokenización serán responsables de la comercialización, administración, custodia y gestión del entorno digital de los tokens.
- Equivalencia Funcional:
Se garantiza la equivalencia funcional de la representación digital con las formas tradicionales (cartulares o escriturales).
- Seguridad y Trazabilidad:
Se busca asegurar la seguridad, trazabilidad, inmutabilidad, fungibilidad y verificabilidad de las operaciones con estos activos tokenizados.
- Sandbox Regulatorio:
La implementación inicial se realizará mediante un sandbox regulatorio por un año, permitiendo la realización de emisiones bajo este nuevo esquema.
- Conversión a Formas Tradicionales:
Los inversores podrán solicitar la conversión de la representación digital a su forma tradicional en cualquier momento.
- Evaluación Posterior:
Una vez finalizado el plazo del sandbox, se evaluará la conveniencia de prorrogar su vigencia, modificarla o finalizarla.
- Exclusión de Emisiones no Representadas:
Las emisiones aprobadas que no sean representadas digitalmente en un plazo de dos años quedarán excluidas del régimen.
Esta regulación posiciona a Argentina como pionera en la región en la regulación de la tokenización, promoviendo la inclusión financiera y el desarrollo de productos financieros más dinámicos
Podés ver más de la reglamentación en la web de CNV
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