Acuerdo salarial: el nuevo incremento para empleados de comercio desde julio de 2026

Infografía del acuerdo salarial de empleados de comercio para el trimestre julio-septiembre de 2026.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios cerró un nuevo acuerdo salarial con las cámaras del sector (CAC, CAME y UDECA) que establece un aumento trimestral del 5,7% y una asignación extraordinaria de $50.000.

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) oficializó la firma de una nueva paritaria que fija las pautas salariales para el período julio-septiembre de 2026. En conjunto con la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), las partes rubricaron el acuerdo salarial que beneficia a los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75.

Puntos clave del acuerdo salarial

  • Aumento porcentual trimestral: Incremento acumulado del 5,7% no acumulativo sobre los básicos vigentes a junio.
  • Esquema de liquidación: Distribución en tres tramos iguales de 1,9% para julio, agosto y septiembre.
  • Bono no remunerativo: Asignación fija de $50.000 pagadera en dos cuotas de $25.000.
  • Incorporación al básico ($120.000): La suma no remunerativa previa se integrará en 6 cuotas de $20.000 a partir de diciembre de 2026.
  • Cláusula de revisión: Compromiso de reunión en octubre de 2026 para evaluar la inflación.

Detalle del aumento y tramos de liquidación

El entendimiento pactado, en el acuerdo salarial,por la representación gremial y las cámaras empresarias establece un reajuste porcentual del 5,7% trimestral. La distribución del incremento se realiza de manera escalonada en tres meses consecutivos:

  1. Julio 2026: 1,9% de aumento.
  2. Agosto 2026: 1,9% de aumento.
  3. Septiembre 2026: 1,9% de aumento.

La base de cálculo para aplicar estos porcentajes toma como referencia los sueldos básicos del mes de junio de 2026, más las sumas no remunerativas vigentes a esa fecha en el acuerdo salarial . Esta metodología busca preservar el poder adquisitivo frente a la dinámica inflacionaria del período estival.

Asignación extraordinaria y esquema no remunerativo

A la pauta porcentual de acuardo salarial se añade el pago de una suma fija extraordinaria no remunerativa de $50.000 para todas las categorías laborales del convenio. Su abono fue dividido en dos tramos:

  • Primera cuota de $25.000: Se liquidó junto con los haberes de julio de 2026.
  • Segunda cuota de $25.000: Se abonará conjuntamente con los salarios de agosto de 2026.

Adicionalmente, el marco paritario aclara la continuidad del tratamiento de los $120.000 no remunerativos que se venían liquidando en el sector. como parte del acuerdo salarial Dicho monto mantendrá su carácter no prestacional durante la vigencia del trimestre en curso.

Infografía que detalla el cronograma del acuerdo salarial para empleados de comercio, mostrando la incorporación de sumas no remunerativas al sueldo básico entre diciembre 2026 y mayo 2027
Detalle del cronograma de incorporación gradual de las sumas no remunerativas al sueldo básico del CCT 130/75, según lo estipulado en el acuerdo salarial.

Pautas para la incorporación al básico

Uno de los puntos centrales del acta es el cronograma fijado para la pasar la suma no remunerativa al sueldo básico. Se acordó que el monto total de $120.000 comenzará a incorporarse formalmente a las escalas salariales en seis cuotas mensuales, consecutivas e iguales de $20.000 cada una, comenzando en el mes de diciembre de 2026 y finalizando en mayo de 2027.

Esta incorporación gradual posibilitará el reajuste proporcional de los adicionales convencionales —tales como antigüedad (1% por año) y el adicional por presentismo (artículo 40 del CCT 130/75)— así como el cálculo del sueldo anual complementario (SAC), licencias por vacaciones e indemnizaciones.

Referencia de sueldos por categoría

Con la aplicación del primer tramo de aumento del 1,9% e incluyendo la cuota proporcional no remunerativa, las escalas salariales iniciales de referencia de las distintas categorías quedan configuradas de la siguiente manera:

Categoría CCT 130/75Básico Aproximado (Julio 2026)
Maestranza A$1.282.023
Administrativo A$1.294.298
Cajero A$1.298.389
Auxiliar A$1.298.389
Vendedor A$1.298.389
Vendedor D / Admin. F$1.349.135

Las partes firmantes convinieron reunirse nuevamente en el mes de octubre de 2026 para analizar las variables macroeconómicas del último trimestre del año y evaluar posibles reajustes salariales según el comportamiento de los precios.

Fuentes

  • FAECySSecretaría de Prensa y Difusión: Comunicado oficial y Circular paritaria (23 de julio de 2026).
  • Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC)Escalas e Informativos Laborales (Julio de 2026).
  • Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME)Avisos y homologaciones paritarias sectoriales

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